DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

uestra Constitución señala que el Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

  1. La atención especializada en las entidades públicas y privadas que presten servicios de salud para sus necesidades específicas, que incluirá la provisión de medicamentos de forma gratuita.
  2. La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas técnicas.
  3. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.
  4. Exenciones en el régimen tributario.
  5. El trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y potencialidades.
  6. Una vivienda adecuada, con facilidades de acceso y condiciones necesarias para atender su discapacidad y para procurar el mayor grado de autonomía en su vida cotidiana.
  7. Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y participación en igualdad de condiciones.
  8. La educación especializada para las personas con discapacidad intelectual y el fomento de sus capacidades mediante la creación de centros educativos y programas de enseñanza específicos.
  9. La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias, en particular en caso de discapacidad intelectual.
  10. El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.
  11. El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille.