Integración

El Consejo Cantonal para la Protección de Derechos de Gualaceo estará integrado paritariamente por miembros del Estado y de la Sociedad Civil

Por el Estado:
a. Alcalde o Alcaldesa o su delegado/delegada permanente, quien lo presidirá.
b. Presidente/a de la Comisión de Igualdad y Género del GAD Municipal del Cantón Gualaceo.
c. Un/a representante de los/las presidentes/as de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Parroquiales, electo entre ellos/as.
d. Director/a del Distrito de Educación o su delegado/delegada permanente.
e. Director/a del Distrito de Salud Pública o su delegado/delegada permanente.
f. Director/a del Distrito de Inclusión Económica y Social o su delegado/delegada permanente.
g. Director/a del Ministerio de Trabajo o su delegado/delegada permanente.
h. Director/a del Departamento de Gestión Social del GAD Municipal de Gualaceo o su delegado/a permanente.
i. Delegado/a del Consejo de la Judicatura de Gualaceo.
j. Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Por la Sociedad Civil:
a. Un/a representante de las organizaciones de Niños, Niñas o Adolescentes.
b. Un/a representante de las organizaciones de Mujeres.
c. Un/a representante de las organizaciones de trabajo de los grupos LGTBI.
d. Un/a representante de las organizaciones de Jóvenes.
e. Un/a representante de las organizaciones de Adultos Mayores.
f. Un/a representante de las organizaciones de las personas con discapacidad.
g. Un/a representante de las organizaciones de personas con enfermedades catastróficas.
h. Un/a representante de las organizaciones de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas o Afroecuatorianos.
i. Un/a representante de las organizaciones en condiciones de Movilidad Humana, y.
j. Un/a representante de los familiares de las Personas Privadas de la Libertad.